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Bibliografía para Importadores y Exportadores
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Mediante la Resolución General 5472/2023, la AFIP ha dado entrada en vigencia a un nuevo registro al que se denomina “Perfil”, adecuando las normativas vigentes al respecto con la entrada en vigencia del DNU 70/2023.

En tal sentido y conforme a dicha adecuación, la norma publicada hoy (29.12.2023) en el Boletín Oficial) modifica el sistema registral y de destinación, creando nuevos perfiles de registro para Importadores, Exportadores y Despachantes de Aduana y Declarantes.

Al respecto, en los considerandos la AFIP hace referencia a reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial, entre otros. Manifestando luego que, conforme las modificaciones implementadas por el referido Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/23 y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia operativa, deviene necesario receptar dichas adecuaciones en las Resoluciones Generales N°2.570 y sus modificatorias y N°333.

De ese modo, la AFIP destaca en su parte resolutiva lo siguiente: “Crear el ‘Perfil de Importador/Exportador’ y el ‘Perfil de Despachante de Aduana/Declarante‘ a los fines de gestionar las destinaciones de la mercadería y demás operaciones aduaneras, las cuales deberán efectuarse conforme lo dispuesto por la normativa vigente. Se entenderá como “declarante” al importador/exportador o persona humana o jurídica autorizada por éste, los cuales deberán darse de alta en el “Perfil de Despachante de Aduana/Declarante”.

Las pautas procedimentales se encontrarán disponibles para su implementación en el micrositio “Operadores de comercio exterior” del sitio “web” de este Organismo https://www.afip.gob.ar 

Al mismo tiempo, decidió “Modificar la Resolución General N°2.570 y sus modificatorias en la forma que se indica: a) Sustituir el artículo 4° por el siguiente: "Créanse los Registros Especiales Aduaneros que estarán compuestos por los Agentes de Transporte Aduanero, apoderados generales y dependientes y los otros sujetos comprendidos en el Título IV de la Sección I de la Ley N°22.415 y sus modificaciones.”

La presente Resolución General tiene vigencia inmediata.

FUENTE:

www.aduananews.com